Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Comisión Brundtland): Nuestro Futuro Común, 1987
"El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la
participación de todos los ciudadanos interesados en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que ofrecen peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones.
Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación del público poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes."
Principio 10. Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, 1992
"La ciudadanía debe contar con una
formación adecuada que le permita progresivamente y de manera efectiva, integrarse en los procesos de toma de decisiones colectivas. Todas las personas individuales, y por supuesto, todas las asociaciones y entidades ciudadanas, deberían poder aportar su visión sobre numerosos aspectos de la vida de la ciudad, contando progresivamente con las estructuras organizativas adecuadas para ello, a lo que pueden ayudar de forma decisiva, las tecnologías de la información y la comunicación (TIC)."
Agenda 21 Local de Málaga (Apartado 6 Gobierno de la Ciudad), 2005